Los lugares no contaban con procedimientos de higiene, tampoco había gabinetes para guardar pertenencias, todo estaba desparramado en el piso del galpón que solo tenía unos tabiques de lona.31/08/2022 10:12 |Actualizado el 30/11/-0001 00:00Auditores Fiscales del Trabajo de la Subsecretaría de Inspección del Trabajo (SIT), vinculada al Ministerio del Trabajo y Seguridad Social, en conjunto con la Defensoría Pública Federal (DPU), Ministerio Público del Trabajo y Policía Federal de Caminos rescataron a catorce trabajadores sometidos a condiciones similares a esclavitud durante una operación realizada en Paranatinga (336 km de Cuiabá/MT).La acción fiscal se inició el 23 de agosto de 2022 y el foco de la inspección estuvo en el inmueble para la extracción de madera de eucaliptos.Inicialmente, el equipo fiscal atendía los puntos de corte y carga de troncos de eucalipto donde los trabajadores realizaban dichas actividades.Las motosierras eran utilizadas por trabajadores que cortaban árboles y no tenían capacitación para la actividad.Ninguno de los 14 trabajadores estaba registrado y no recibió ningún tipo de equipo de protección personal ni se sometió a exámenes médicos de admisión.El empleador dispuso que cuatro intermediarios laborales llevaran a los trabajadores a la finca, donde fueron distribuidos en dos tipos de alojamiento.Uno ubicado en un galpón con maquinaria y productos agrícolas, sin ningún tipo de protección de pared o lateral.No había camas y los colchones se compraron en una tienda de artículos usados para ser utilizados por uno de los intermediarios laborales.Los lugares no contaban con procedimientos de higienización, tampoco había gabinetes para guardar pertenencias, todo estaba desparramado en el piso del galpón que solo tenía unos tabiques de lona para separar las habitaciones.Los empleados proporcionaron un pequeño baño improvisado para que pudieran ducharse.Otro alojamiento, también precario, estaba siendo utilizado por otro intermediario laboral y los trabajadores estaban alojados en pequeñas tiendas de campaña que estaban bajo tarimas de madera con clavos a la vista.No había suelo de ningún tipo y el suelo era de tierra apisonada.Un pequeño baño también improvisado fuera del alojamiento fue construido por los propios trabajadores para bañarse.No había baños y los trabajadores usaban huecos como letrinas en lugares cercanos a los alojamientos.Los alojamientos revisados por el equipo fiscal se encontraban en malas condiciones de higiene y conservación.No se proporcionó papel higiénico, ropa de cama y colchones a los trabajadores, a quienes se les descontaron doscientos reales para tiendas de campaña de sus ingresos.El agua proporcionada no pasó por ningún tipo de tratamiento o filtrado y fue consumida en condiciones antihigiénicas, con copas compartidas.La jornada laboral era de lunes a sábado con descanso para el almuerzo y aproximadamente ocho horas diarias.Tampoco existía ninguna forma de contabilidad sobre los ingresos de los trabajadores, con muchos conceptos erróneos y confusión sobre cómo recibirían la remuneración.Algunos trabajadores también desconocían cuánta producción se realizaba en las actividades de corte y carga, ya que la información solo se les transmitía a estos trabajadores después de que se realizaba la venta de eucalipto en otro municipio cercano a la ubicación de la finca.Esta información sobre la venta era transmitida a los intermediarios laborales por el camionero, lo que hacía muy difícil que este trabajador conociera su productividad real para conocer su salario real.No se emitió ningún tipo de recibo ni ningún otro tipo de constancia de pago de estas cantidades a los trabajadores.Los intermediarios laborales tampoco permitían que los trabajadores midieran la leña de eucalipto cortada para la carga y sólo después de la venta el trabajador sabría cuál sería su remuneración y su producción total.Luego de ser notificado de la prueba de la existencia de trabajo degradante, el empleador pagó la indemnización de todos los trabajadores rescatados, calculada por la Auditoría Fiscal del Trabajo.El valor neto pagado por los empleadores a los rescatados fue de aproximadamente R$ 140 mil.El Ministerio Público del Trabajo determinó el valor de R$ 20 mil de daño moral colectivo para cada empleador y la Defensoría Pública del Sindicato determinó el valor de R$ 2 mil para cada trabajador como daño moral individual.Los Revisores Fiscales del Trabajo emitieron las guías del Seguro de Cesantía del Trabajador Rescatado, según las cuales cada trabajador rescatado tiene derecho a recibir tres cuotas de un salario mínimo cada uno.sábado, 03 de septiembre de 2022COMERCIAL: (65) 98111-0655 |portal@circuitomt.com.br